La nueva normativa de Climatización de Piscinas

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La nueva normativa del Rite prohíbe el uso de energías no renovables para la climatización de piscina tanto exterior como interior siendo obligatorio el uso de la energía solar que deberá aportar entre el 30 y el 70% de las necesidades térmicas anuales para el calentamiento de la piscina, dependiendo de la zona climática de emplazamiento. También quedará obligatorio la cubrición de la superficie de la piscina climatizada sea exterior o interior.

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Para extender la temporada de utilización de la piscina a finales de primavera y principios de otoño y lograr que el agua alcance una temperatura que haga el baño más agradable, es aconsejable utilizar captadores plásticos, generalmente de polietileno o polipropileno, con tratamiento frente a los efectos de la intemperie (rayos ultravioleta, lluvia, etc) y los agentes químicos para la purificación del agua de la piscina, sin ningún tipo de cubierta, carcasa, ni material aislante ya que:

  • El rendimiento de los mismos es óptimo para este uso dado que la temperatura de trabajo no superará los 30°C.
  • Las pérdidas por radiación y conducción son muy pequeñas permitiendo prescindir de cubiertas y aislamientos.
  • La inversión a realizar es muy inferior al reducirse significativamente el precio por m2 de este tipo de captadores respecto a los convencionales.
  • El uso de este tipo de captadores permite hacer un calentamiento directo del agua de la piscina, sin necesidad de intercambiadores que encarecen la instalación.

Asimismo resulta muy efectivo cubrir durante la noche la superficie de la piscina con una manta aislante de plástico (manta térmica), para evitar la pérdida de calor que se ha obtenido durante el día.

En la mayoría de los casos, nos es necesario utilizar un climatizador de apoyo a los climatizadores solares de la piscina. En climas muy fríos, los climatizadores solares de piscina se utilizan principalmente en verano.

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